Petición terminada
Detengan YA el biodiesel de aceite de palma y soja
En el biodiésel que cargas en tu tanque se esconde cada vez más aceite de palma y soja. La consecuencia: los bosques tropicales desaparecen para siempre. Recién desde 2030 pretende la UE eliminarlo. Demasiado tarde. Pide al gobierno de España que elimine el diésel de palma y de soja ahora.
Para: Presidente de Gobierno (en funciones) Pedro Sánchez, Ministerios
“Exige al gobierno de España que elimine el aceite de palma y de soja de nuestros tanques.”Conducir conlleva perjuicios en general para el ser humano y la naturaleza. Y una política climática mal entendida hace el problema aún más grave.
Cada vez se utiliza más aceite de palma y aceite de soja para producir biodiésel. En 2018, los países de la UE importaron 4 millones de toneladas de aceite de palma y 3,5 millones de toneladas de biodiésel procesado procedente del sudeste de Asia y de Sudamérica por valor de 4,2 mil millones de euros.
De este modo, cada vez que echamos mano del surtidor de diésel en la gasolinera estamos destruyendo un poco de selva tropical. Los orangutanes y muchas otras especies únicas pierden su hábitat y mueren.
La tala de selvas tropicales para establecer plantaciones de palma y soja emite cantidades masivas de carbono. El biocombustible de aceite de palma es tres veces y el de soja dos veces más dañino para el clima que el diésel común, según estudios encargados por la UE.
El problema es conocido desde hace tiempo, pero la UE es demasiado lenta en reaccionar. A principios de 2019, la UE clasificó el aceite de palma como “no sostenible”, pero recién desde 2013 se empezará a reducir la cantidad de aceite de palma en el biodiésel para quedar eliminada definitivamente en 2030. Esto no aplica al aceite de soja.
La noticia esperanzadora: la UE permite que los estados miembros vendan combustibles que no están producidos a partir de alimentos como palma o soja ya desde 2021.
Por eso, pedimos al gobierno español que actúe en este sentido y no permita el aceite de palma ni el de soja en los tanques.
Los biocombustibles se fomentan en España y en la UE desde 2009 a través de la Directiva de Energías Renovables DER. Según la misma, para 2020 todos los estados miembro deben generar al menos un 10% de la energía para todos los medios de transporte a partir de fuentes renovables.
La mezcla de biodiesel con los combustibles fósiles es la solución más barata para las empresas petrolíferas. La cuota de mezcla es del 7%.
Según datos de la organización Transport & Environment (Transporte y Ambiente) España produce junto a Italia y los Países Bajos el 80 % de todo el agrodiésel de aceite de palma de la UE. España e Italia son además los mayores consumidores.
Dos tercios de el aceite de palma que se importa a Europa se utilizan entre tanto para la generación de energía, mientras que otros sectores como el de la alimentación y el químico, utilizan cada vez menos aceite de palma, habiendo disminuido el 11% con respecto a 2017.
Importaciones de aceite de palma y utilización en 2018
- 53 % (4 mill ton de aceite de palma) para biodiésel
- 12 % (1 mill ton de aceite de palma) como combustible para la generación de electricidad y calor
- 35 % (2,6 mill ton) para alimentos, piensos e industria química
Importaciones totales: 7,6 mill ton
Además, se importa cada vez más biodiésel de palma y soja ya fabricado en el sudeste de Asia y de Sudamérica, un total de 3,5 mill ton en 2018. De los mismos, 1, 2 mill ton fueron de biodiésel de palma y 2,3 mill ton de biodiésel de soja.
El valor de las importaciones de aceite de palma y de soja para fines energéticos, así como de biodiésel ya procesado ascendió en 2018 a 4,2 mil millones de euros. Con esta suma, quienes conducen automóviles en la UE financiaron la tala de selvas tropicales en el sudeste de Asia y en Sudamérica.
Fuente: Transport&Environment
Una reducción o una eliminación completa de biocombustibles fabricados a partir de alimentos como aceite de palma y soja a nivel nacional por la reglamentación de los estados miembro está contemplada en el artículo 26 de la Directiva de Energías Renovables modificada:
Artículo 26
Normas específicas para biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros
1. Para el cálculo del consumo final bruto de energía procedente de fuentes renovables mencionado en el artículo 7 por parte de un Estado miembro y de la cuota mínima a la que se refiere el artículo 25, apartado 1, párrafo primero, la proporción de biocarburantes y biolíquidos, así como de combustibles de biomasa consumidos en el transporte, cuando se produzcan a partir de cultivos alimentarios y forrajeros, no será más de 1 punto porcentual superior a la cuota de dichos combustibles sobre el consumo final de energía en los sectores del transporte por ferrocarril y por carretera en 2020 en dicho Estado miembro, con un máximo del 7 % del consumo final de energía en los sectores del transporte por ferrocarril y por carretera en dicho Estado miembro.
En caso de que en un Estado miembro esa proporción sea inferior al 1 %, podrá incrementarse hasta un máximo del 2 % del consumo final de energía en los sectores del transporte por ferrocarril y por carretera.
Los Estados miembros podrán fijar un límite inferior y podrán diferenciar, a efectos de lo dispuesto en el artículo 29, apartado 1, distintos biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros, teniendo en cuenta los mejores datos disponibles sobre las consecuencias del cambio indirecto del uso de la tierra. Los Estados miembros podrán fijar, por ejemplo, un límite más bajo para la proporción de biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa producidos a partir de cultivos oleaginosos.
En caso de que en un Estado miembro la proporción de biocarburantes y biolíquidos, así como de combustibles de biomasa consumidos en el transporte, producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros esté limitada a un porcentaje inferior al 7 % o en caso de que un Estado miembro decida limitar aún más la proporción, podrá reducir de manera acorde la cuota mínima a la que se refiere el artículo 25, apartado 1, párrafo primero un máximo de 7 puntos porcentuales.
2. Para el cálculo del consumo final bruto de energía procedente de fuentes renovables mencionado en el artículo 7 por parte de un Estado miembro y de la cuota mínima a la que se refiere el artículo 25, apartado 1, párrafo primero, la proporción de biocarburantes, biolíquidos o combustibles de biomasa con riesgo elevado de cambio indirecto del uso de la tierra, producidos a partir de cultivos alimentarios y forrajeros para los que se observe una expansión significativa de la superficie de producción en tierras con elevadas reservas de carbono no superará el nivel de consumo de dichos combustibles en ese Estado miembro en 2019, a menos que estén certificados como biocarburantes, biolíquidos o combustibles de biomasa con bajo riesgo de cambio indirecto del uso de la tierra con arreglo a lo dispuesto en el presente apartado.
Del 31 de diciembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2030 a más tardar, ese límite se irá reduciendo gradualmente hasta alcanzar el 0 %.
A más tardar el 1 de febrero de 2019, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la situación de la expansión de la producción en todo el mundo de los cultivos alimentarios y forrajeros de que se trate.
A más tardar el 1 de febrero de 2019, la Comisión adoptará un acto delegado con arreglo al artículo 35 para completar la presente Directiva estableciendo los criterios para la certificación de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa con bajo riesgo de cambio indirecto del uso de la tierra, y para determinar las materias primas con riesgo elevado de cambio indirecto del uso de la tierra para las que se observe una expansión significativa de la superficie de producción en tierras con elevadas reservas de carbono. El informe y el correspondiente acto delegado estarán basados en los mejores datos científicos disponibles.
A más tardar el 1 de septiembre de 2023, la Comisión revisará, a partir de los mejores datos científicos disponibles, los criterios establecidos en el acto delegado a que se refiere el párrafo cuarto del presente apartado y adoptará actos delegados con arreglo al artículo 35 para modificar esos criterios, en su caso, e incluir una trayectoria para reducir gradualmente la contribución al objetivo de la Unión establecido en el artículo 3, apartado 1, y a la cuota mínima a que se refiere el artículo 25, apartado 1, párrafo primero, de los biocarburantes, biolíquidos y combustibles de biomasa con riesgo elevado de cambio indirecto del uso de la tierra producidos a partir de materias primas para las que se observe una expansión significativa de la producción en tierras con elevadas reservas de carbono.
Más información sobre el tema:
España defiende el uso del aceite de palma como biodiésel a pesar del daño ambiental que produce
Bruselas impone aranceles provisionales a las importaciones de biodiésel de Indonesia
(En inglés) Europe keeps burning more palm oil in its diesel cars and trucks
Para: Presidente de Gobierno (en funciones) Pedro Sánchez, Ministerios
Estimado Sr. Presidente Sánchez:
¡No quiero aceite de palma ni de soja en el tanque de mi vehículo!
El combustible de las gasolineras españolas contiene cada vez más biodiesel producido a partir de aceite de palma y de soja.
El cultivo de palma aceitera y soja causa la destrucción de las selvas tropicales y destruye la diversidad de especies. El biodiesel es hasta tres veces más dañino para el clima que el diesel fósil.
Pedimos al gobierno español que a nivel nacional inicie una eliminación inmediata de aceite de palma y de soja en el combustible.
Atentamente